En este artículo voy a explicar cuáles son los requisitos y documentos necesarios para la concesión del permiso o visado de nómada digital en España.
El pasado 22 de diciembre se publicó en el BOE la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, que procedía a la Modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, donde se incluía dentro de los supuesto de entrada y permanencia regular en España a los “Teletrabajadores de carácter internacional”.
Tal y como se explica en el preámbulo de ley,
se habla de “regular la residencia de profesionales itinerantes y de otros muchos que puedan elegir España como un lugar de teletrabajo más estable, se crea una nueva categoría de visado y de autorización de residencia”
Bien,
ahora veremos que aunque el preámbulo de la ley es muy bonito, realmente no lo han puesto nada fácil…
Y al final del artículo, comentaremos algunas alternativas por si este permiso no se ajusta a tus necesidades.
Requisitos para solicitar el permiso o visado de nómada digital en España.
1.º Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor (todas las páginas).
2.º Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.
3.º Formulario de solicitud firmado por la persona teletrabajadora.
4.º Acreditación de una relación laboral o profesional mínima de tres meses a la fecha de la solicitud con la empresa o empresas extranjeras con la que mantiene dicha relación.
5.º Acreditación de una actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa extranjera o grupo de empresas con la que la persona trabajadora mantiene relación laboral o profesional.
6.º En los supuestos de una relación laboral, carta de la empresa extranjera autorizando el desarrollo del trabajo en remoto desde España.
7.º En los supuestos de una relación profesional (freelance), documentación que acredite los términos y condiciones en los que va a ejercer la actividad profesional a distancia.
8.º Acreditación de contar recursos económicos suficientes, que se traducen en el 200% del salario mínimo interprofesional (SMI) para el nómada y el 75% del SMI por el segundo miembro y se requerirá un 25% del SMI por cada miembro adicional a las dos personas mencionadas.
9.º Certificado de antecedentes penales y declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos 5 años, en los términos establecidos en la instrucción cuarta.
10.º Acreditación de contar con un seguro público o privado de enfermedad, en los términos establecidos en la instrucción quinta.
11.º Declaración responsable donde figure el compromiso de cumplimiento, con carácter previo al inicio de la actividad laboral o profesional, de las obligaciones en materia de seguridad social y, en caso de no cobertura mediante norma internacional de coordinación de sistemas de seguridad social y trabajo por cuenta ajena, acreditación de la inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
12.º Copia de la titulación o documentación que acredite una experiencia profesional de al menos tres años, en los términos establecidos en la instrucción séptima.
La ley diferencia entre relación profesional y relación laboral. ¿A qué se refiere?
La relación profesional es básicamente el autónomo o freelance. No obstante, según la redacción de la ley parece que no incluye a los autónomos que tengan clientes particulares como pueden ser los instructores de yoga, los profesores de inglés online o los psicólogos online…
Tampoco entrarían entonces los creadores de contenido, puesto que no tienen relación profesional con otras empresas.
La relación laboral es trabajar por cuenta ajena. Es decir, contratado por una empresa que te marque lo que tienes que hacer, te imponga los objetivos y te pague el salario mediante nóminas.
En cualquiera de los dos casos, como la ley no acaba de ser clara y puede interpretarse, es importante ver el caso concreto y estudiar la posibilidad de interponer recurso si tu solicitud es denegada.
¿Existe diferencia entre el permiso de nómada digital y el visado de nómada digital?
A efectos de autorización de residencia ninguna.
La única diferencia es que el visado se solicita en la embajada o consulado en el país donde el nómada digital esté residiendo,
mientras que el permiso de nómada digital se solicita directamente en España, ante la UGE (Unidad de Grandes Empresas) y siempre y cuando estés aquí en estancia regular, ya sea como turista o con algún permiso de residencia o estancia por estudios.
¿Y qué hacemos los profesionales? ¿Es necesario presentarlo a través de un abogado de extranjería?
No es necesario. En España puedes solicitar este permiso por tu cuenta.
Los expertos en extranjería lo que hacemos, en primer lugar, es analizar tu caso concreto y ayudarte a decidir si este, y no otro, es el permiso que más te interesa en tu caso concreto.
También te informamos sobre el tipo de impuestos que tendrás que pagar en cada caso.
Porque puede que en tu caso, el permiso de nómada digital no sea el permiso que más se ajusta a tus necesidades, a tu momento o a tu forma de vida.
En segundo lugar,
cuando ya está claro qué tipo de permiso vas solicitar,
te ayudamos a presentar tu solicitud de la manera más rápida y ágil posible para que disfrutes de tu permiso sin haber perdido el tiempo.
En resumen,
analizamos toda la documentación que tienes y te asesoramos cuál es tu mejor opción, así como las técnicas para conseguirlo.
Además de esto, nos encargamos de revisar todos tus documentos, observar que estén bien legalizados o apostillados, tramitar las traducciones con nuestros traductores jurados oficiales, ayudarte con la elección del seguro sanitario para que este cumpla con todos los requisitos exigidos, gestionar y tramitar tus tasas y rellenar tu formulario, etc.
Como ves, no es necesario presentar el expediente a través de un abogado o profesional en extranjería,
sin embargo, es muy aconsejable, no solo por el tiempo y dinero que vas a ahorrar, sino porque nosotros venimos resolviendo cientos de expedientes al año, por lo que sabemos muy bien cómo funcionan y cómo piensan los funcionarios que van a resolver tu expediente.
Alternativas al permiso o visado de nómada digital en España
Si como freelance o como verdadero nómada digital, crees que este permiso no se ajusta a tus necesidades,
o si la empresa en la que estás contratado no va a facilitar el proceso o no quiere pagar impuestos en España,
pero sigues queriendo venir a disfrutar trabajando en este maravilloso país durante una temporada,
porque sigue habiendo alternativas para que puedas residir de forma legal en España.
Si quieres que analicemos tu caso en concreto, reserva una cita con nosotras a través de este enlace y sal de dudas.