La Tarjeta Azul-UE está regulada en la Ley 14/2013, dentro de la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados, en su modalidad específica de Blue Card europea. En España, esta vía se tramita ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Puede solicitarse cuando una empresa necesita incorporar a un profesional extranjero para un puesto de alta cualificación y este acredita el nivel formativo o la experiencia exigida, junto con un contrato o una oferta firme y el salario mínimo correspondiente. En profesiones reguladas, además, debe acreditarse la homologación o reconocimiento profesional exigible.
La autorización puede pedirse desde España, si la persona está en situación legal, o desde el extranjero, en cuyo caso se tramita el visado correspondiente. Si se concede y hace falta visado, el consulado debe expedirlo sin exigir requisitos adicionales a los previstos legalmente.
Esta autorización tiene una duración inicial de hasta 3 años, permite la reagrupación familiar y ofrece ventajas de movilidad dentro de la Unión Europea frente a otras autorizaciones nacionales de alta cualificación.
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