Este tipo de permiso es fácil de renovar si tus condiciones económicas son iguales o superiores a las que fueron en el momento de la concesión del visado en tu país de origen o antigua residencia.
No obstante hay que tener en cuenta una serie de condiciones que hay que tener en cuenta ya que van a ser ligeramente diferentes a las que fueron presentadas ante la embajada o consulado español en su momento.
La renovación de este tipo de permiso va a ser por DOS AÑOS por lo que debes tener en cuenta este aspecto a fin de acreditar los medios económicos, si dispones de ingresos recurrentes no te afectará pero si lo que vas a mostrar es un estado de cuenta bancario tendrás que probar que al menos dispones de la cantidad económica necesaria para el plazo de residencia en España, que serán esos dos años.
Además, en España te van a exigir que todos los documentos que presentes estén en español por lo tanto será necesario que traduzcas incluso los certificados bancarios.
Si vas a renovar con tu cónyuge, no te valdrá el certificado de matrimonio que en su día presentasteis, tendrás que actualizarlo y legalizarlo nuevamente a fin de probar que continuáis casados y además será importante probar la residencia conjunta a través del certificado de empadronamiento conjunto.
En cuanto al seguro médico, te exigirán uno completo y sin ningún tipo de copagos. Además, deberás probar que lo tienes al corriente de pago y que lo has tenido durante toda tu residencia este año en España.