Los ciudadanos comunitarios, son las personas que tienen nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea ( Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania y Suecia), o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein ) o Suiza.
Los ciudadanos de estos países tienen la libertad para viajar, residir y trabajar en cualquier otro país de la comunidad.
No obstante cuando llegan a España y van a establecerse durante más de tres meses tienen el derecho y la obligación de inscribirse en España como ciudadanos comunitarios residentes en España, lo que se llama Certificado de Registro de la UE.
Este Certificado de registro lo que hace es identificarte como ciudadano comunitario residente en España y te facilita una serie de derechos aparejados a ello.
Por ejemplo podrás abrirte una cuenta bancaria como residente en España (lo que suele tener un coste relativamente menor, podrás acceder a los derechos de la seguridad social y sanidad pública.
Además, este Certificado de Registro te va a ser necesario si tu cónyuge, pareja o familiares son de alguna nacionalidad extracomunitaria. Y es que para que tu cónyuge, pareja o familiares cercanos puedan acceder a un permiso de residencia y/o trabajo en España, que se llamará tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, el ciudadano comunitario debe de estar inscrito en España como residente.
De estos ciudadanos extracomunitarios familiares de comunitarios también hablaremos en este artículo pero primero vamos a ver los requisitos que los comunitarios necesitan para establecerse como residentes.
Cuando un extranjero ciudadano comunitario se establece en España debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Decide residir en España porque va a trabajar por cuenta ajena, una empresa o empleador le contrata y tiene un contrato de trabajo por un mínimo de 3 meses.
- También puede decidir emprender un negocio o montar su propia empresa, trabajar por cuenta propia durante un mínimo de 3 meses es lo que te van a exigir
- Otra posibilidad es residir en España por contar con los medios suficientes para hacerlo sin tener que trabajar. Aunque la ley no establece estos mínimos, las comisarías de policía últimamente sí lo están requiriendo.
- Por último, un ciudadano comunitario puede radicarse en España por ser estudiante
Además de encontrarse el ciudadano comunitario en alguna de estas situaciones debe contar con un seguro de salud público o un seguro de salud privado en iguales condiciones que el público, es decir sin ningún tipo de copago y con hospitalización y todas las garantías.