Solicitud de reagrupación familiar de extranjeros

Formar una familia es una etapa maravillosa, por eso nos encargamos de reagrupar a tus familiares contigo

¿Aún no tienes la solicitud de reagrupación familiar de extranjeros?

Los familiares de los ciudadanos extranjeros residentes en España también tienen derecho a regularizar su situación y a reagruparse con sus familiares que residen o residen y trabajan en España.

Beneficios de Solicitud de reagrupación familiar de extranjeros

  • Tus familiares podrán residir en España regularmente desde que lleguen.
  • Si tu familiar es mayor de edad tendrá derecho a trabajar como cualquier otro residente
  • Tus familiares serán beneficiarios de tu seguridad social española
  • Podrán entrar y salir de España cuando quieran
  • Tus familiares podrán solicitar la nacionalidad española cuando cumplan el plazo regulado legalmente.
  • Cuando tus hijos reagrupados alcancen la mayoría de edad, tendrán derecho a trabajar

Requisitos mínimos

  • Debes estar al menos un año residiendo en España para reagrupar a tu familia
  • Tienes que demostrar que dispones de unos medios económicos de al menos 11862.9 € anuales para dos personas y( 988.575€ al mes)  329.525€ para cada miembro adicional.
  • No tener antecedentes penales, en caso de tener antecedentes tienes que decírnoslo / o haz click aquí. Si tienes dudas de si tienes antecedentes tenemos que revisarlos.
  • Disponer de  una vivienda adecuada para reagrupar a tu familiar o familiares
  • Disponer de seguro médico privado o público.
  • Acreditar la relación de parentesco con tu cónyuge o pareja y con tus hijos y ascendientes
  • Si quieres reagrupar a tus ascendientes que dependen de ti, debes tener el permiso de residencia de larga duración.
derecho de extranjería e inmigración

Tu consulta legal sin salir de casa

Qué incluye nuestro servicio

Entendimiento desde el primer minuto

  • Somos abogados especialistas en extranjería. Presentando con nosotros tienes más posibilidades de que salga favorable tu solicitud de reagrupación de tu familiar.
  • Presentamos la solicitud por ti, sin tener que pedir cita previa en extranjería o tener que desplazarte a la oficina de extranjería de tu ciudad
  • Nosotros nos encargamos de explicarte el proceso, contarte los pasos a seguir y revisar toda la documentación que presentaremos.
  • Nos encargaremos de tramitar las tasas y sacar cita a tu familiar para que ponga la huella una vez entre en España.
  • Toda nuestra experiencia en conseguir reagrupar a familiares.
  • No gestionamos los documentos en tu país de origen.
  • No vendemos contratos de trabajo ni modificamos los documentos.
  • No se incluye el importe de las tasas administrativas (si su gestión).
  • Expediente de solicitud
    Preparamos tu solicitud de reagrupación familiar
  • Revisamos tu documentación
    Revisamos tu contrato de trabajo, tus medios económicos y el resto de documentación para tu expediente
  • Te acompañamos
    Durante todo el proceso, te ayudamos a gestionar la documentación necesaria para tu solicitud, el informe de idoneidad de la vivienda.
  • Presentamos por tí el expediente de manera telemática
    Sin que tengas la necesidad de solicitar cita previa
  • Seguimiento y control
    Seguimos tu solicitud de reagrupación hasta el final, gestionamos el pago de tu tasa administrativa
  • Contestamos por ti
    Contestamos en tu nombre a los posibles requerimientos de la Administración.
  • Te avisamos de la resolución
    Cuando nos notifican te avisamos inmediatamente.
  • Cita huella
    Cuando tu familia entre en España le sacaremos cita en la Comisaria de Policia y te entregaremos las tasas para su TIE.

¿Alguna duda?
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Te explicamos la ley en tus palabras, sabiendo desde el principio cuánto vas a pagar y cuáles son tus opciones.

Ventajas de contratarnos como tus abogados especialistas en derecho de extranjería e inmigración:

Somos abogados colegiados

Como abogados colegiados tenemos acceso a trámites con citas prioritarias así como acceso a utilizar plataformas exclusivas para profesionales del Derecho que agilizan los procedimientos.

Precio cerrado sin sorpresas

Adaptado a los procesos, probabilidad de éxito y requerimientos de cada caso. Ofrecemos siempre alternativas y soluciones personalizadas y un precio cerrado.

Consulta sin límites, resuelve todas tus dudas

Por el precio de la primera cita tendrás todas las consultas que necesites durante un año hasta que resolvamos todas tus dudas sobre tu asunto.

Abogados especialistas en Extranjería

Abrimos más de 500 expedientes de extranjería al año. Eso nos ha permitido crear los contactos adecuados y especializarnos en resolver problemas que son desconocidos para otros despachos.

Escuchamos y analizamos tu caso

Con toda la dedicación y el respeto que te mereces, estudiaremos juntos tu caso, paso a paso, para encontrar la mejor solución para ti.

Ofrecemos distintas soluciones

Para que puedas decidir cuál se adapta mejor a tus necesidades, a tu situación y a tu personalidad. Nosotros te guiamos pero tú decides.​

Servicios especializados, clientes satisfechos

Las palabras más repetidas en Google son «valor humano» y «profesionalidad». Pue eso :)

4,9
5/5

38 Reseñas de Google

Ayelen Martínez
5/5
Sin dudas la mejor inversión que hice fue poner mis papeles en sus manos, tenía mucha ansiedad y problemas por que tuve una muy mala experiencia con otros abogados, sin embargo con ellas me sentí arropada y que realmente se metieron de lleno en mi caso. Muchísimas gracias por la profesionalidad y porque me han tenido paciencia en algún momento de sentirme insegura con todo lo que conlleva este tipo de trámite. Mi resolución salió favorable y bastante rápido todo.
Leer más
Laura Gutierrez
5/5

Profesora asociada de la Universidad de Valencia y Concejal de Burjassot

Para comenzar destacar el buen trato y cercanía que demuestra Diana, ante cualquier duda es accesible y amable, lo que facilita mucho el poder contratar sus servicios. Dinámica y profesional, DIANA ES UNA ABOGADA 100% RECOMENDABLE.
Leer más
José Manuel Boronat Urbano
5/5

Ingeniero

Soy José Manuel Boronat Urbano, encabezo una empresa de Ingeniería y Construcción. Tenía problemas para el cobro de una obra de remodelación, mí abogado me recomendó que tratara de mediar, porque el juicio sería largo y caro. Me presentó a Diana y la primera impresión que note fue, que me escuchaba, después me solicitó…
Leer más
Ayelen Martínez
5/5
Sin dudas la mejor inversión que hice fue poner mis papeles en sus manos, tenía mucha ansiedad y problemas por que tuve una muy mala experiencia con otros abogados, sin embargo con ellas me sentí arropada y que realmente se metieron de lleno en mi caso. Muchísimas gracias por la profesionalidad y porque me han tenido paciencia en algún momento de sentirme insegura con todo lo que conlleva este tipo de trámite. Mi resolución salió favorable y bastante rápido todo.
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Laura Gutierrez
5/5

Profesora asociada de la Universidad de Valencia y Concejal de Burjassot

Para comenzar destacar el buen trato y cercanía que demuestra Diana, ante cualquier duda es accesible y amable, lo que facilita mucho el poder contratar sus servicios. Dinámica y profesional, DIANA ES UNA ABOGADA 100% RECOMENDABLE.
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José Manuel Boronat Urbano
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Ingeniero

Soy José Manuel Boronat Urbano, encabezo una empresa de Ingeniería y Construcción. Tenía problemas para el cobro de una obra de remodelación, mí abogado me recomendó que tratara de mediar, porque el juicio sería largo y caro. Me presentó a Diana y la primera impresión que note fue, que me escuchaba, después me solicitó…
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Preguntas frecuentes sobre Extranjería e Inmigración

Porque nos gusta atender muy bien a las personas y valoramos nuestro tiempo. Queremos reservarnos un espacio y prestaros toda la atención y ayuda que necesites.

Hay que tener en cuenta que parte de nuestro trabajo es el asesoramiento, el consejo jurídico de cada situación individualizada y esto requiere un tiempo de escucha para la búsqueda de soluciones más acordes a cada situación concreta.

No, realmente no es necesario. Cualquier ciudadano extranjero puede hacer el trámite por sí mismo sin necesidad de un abogado. No obstante, dependiendo del trámite e incluso de tu idioma, es muy recomendable que durante el proceso te acompañe un profesional experto en extranjería.

¿Por qué? Porque abrimos más de 500 expedientes de extranjería al año y sabemos qué documentación te van a pedir, dónde tienes los documentos necesarios, qué documentos están correctamente legalizados o traducidos y qué documentos adicionales podemos aportar para presentar un buen expediente (aunque en su propia página web no lo ponga) para que tu trámite sea Favorable.

Es una inversión, pues con un profesional de la mano, además de tener más probabilidades de éxito con tu trámite te ahorra el tiempo y dinero que gastarás en buscar toda la información y documentos necesarios.

Yo al 100% no puedo asegurar el éxito de un expediente ya que hay cosas o situaciones que no dependen de mí y que por tanto no puedo controlar. Lo que sí te voy asegurar es que vamos a hacer todo lo posible para que tu permiso, tu visado,tu nacionalidad sea favorable porque cuando vemos las Resoluciones Favorables o las Concesiones de Nacionalidad, después de todo el tiempo de espera, se nos ilumina la cara y os llamamos rápidamente para comunicaros las buenas noticias :)

Porque vuestro éxito es también el nuestro y porque si no lo hiciéramos así no tendríamos todos los clientes que tenemos y que nos recomiendan.

Por supuesto, para cualquier clase de visado nosotros trabajamos y contactamos con las embajadas y consulados españoles por todo el mundo.

También asesoramos a las personas que quieren venir a residir a España y, aún sin la necesidad de visado, se encuentran en su país de origen o de residencia y quieren preparar desde allá los documentos que les pedirán una vez ingresen en España y empiecen a tramitar su autorización de residencia o permiso de trabajo.

Porque un profesional en la materia te va a evitar perder el tiempo y además vas a tener más probabilidades de éxito para conseguir tus objetivos. Vamos a ver tu caso en concreto y vamos a ayudarte en todo el proceso para que te sientas seguro y acompañado hasta conseguir tu permiso de trabajo o visado.

Mira, esto es algo que no se puede responder de manera general. El profesional en la materia cuando vea tu caso te lo indicará de una manera aproximada. 

El tiempo para resolver tu trámite va a depender del tipo de permiso o visado que solicites, de la oficina de extranjería o consulado/embajada donde la solicites y presentes en incluso del momento en que lo solicites o del funcionario en el que recaiga tu solicitud.

Conoce quién te va a atender,

lo típico, para eso nos hemos hecho estas fotos… 

Diana Lladró

Abogada. Inglés y español.

Tatiana

Abogada especializada en extranjería

María

Abogada especializada en extranjería

Diana Lladró

Abogada. Inglés y español.

Tatiana

Abogada especializada en extranjería

María

Abogada especializada en extranjería
derecho de extranjería e inmigración

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Solicitud de reagrupación familiar de extranjeros

Los familiares de los ciudadanos extranjeros residentes en España también tienen derecho a regularizar su situación y a reagruparse con sus familiares que residen o residen y trabajan en España. Los requisitos suelen ser más rígidos que si tratamos ante un ciudadano comunitario pero en cualquier caso existe la posibilidad.

¿A quién se puede reagrupar ?

Los familiares que un ciudadano extranjero puede reagrupar son los hijos menores o incapaces, el cónyuge o los ascendientes, ósea progenitores del residente.

¿Cuándo se pueden reagrupar?

El ciudadano extracomunitario podrá reagrupar a su cónyuge o a sus hijos menores o incapaces una vez haya residido en España durante un mínimo de un año, por lo tanto podrá solicitar la reagrupación una vez le sea concedida la primera renovación o lo que es lo mismo, lleve un año en España con la tarjeta y le hayan concedido renovación por dos años.

No obstante, si el residente extracomunitario quiere reagrupar a sus progenitores deberá  tener la condición de residente de larga duración, es decir haber residido al menos 5 años de manera regular en España.

¿Qué medios económicos  necesito tener para poder reagrupar? o ¿Cuánto he de ganar para poder reagrupar a mi familia?

Para poder reagrupar a tu familia te van a exigir que como mínimo hayas trabajado durante los últimos 6 meses, si es durante todo el año mucho mejor. Además vas a tener que demostrar que tienes unos ingresos mínimos que dependerán de las personas que quieras reagrupar. Por ejemplo, si quieres reagrupar a tu cónyuge deberás demostrar que ganas mensualmente el 150% del IPREM. El IPREM es el Indicador Público de Renta que es el  índice que determina la renta vital mínima. 

Actualmente, en el año 2021, el 100% de IPREM es de 537,84 euros al mes por lo que 150% el IPREM son 806,76€ y sería lo que tendrías que ganar como mínimo para poder reagrupar a una persona en tu familia.

Además por cada  miembro adicional que quieras reagrupar tendrás que sumar, el 50% del IPREM que cada año puede variar.

¿Qué documentación necesito aportar para reagrupar a mi familiar?

Es primordial en estos casos acreditar el vínculo con la persona que reagrupas por eso mismo en el caso de tus hijos tendrás que aportar su Certificado de Nacimiento.

En el caso de que quieras reagrupar a tu cónyuge tendrás que aportar el Certificado de matrimonio actualizado, y esto es muy importante porque el mismo caduca a los 3 meses (ya que por ejemplo puede producirse un divorcio o una separación).

Y por último, para el caso de tus padres, tendrás que aportar tu certificado de nacimiento.

Además de acreditar el vínculo tendrás que mostrar que dispones de los medios economicos para poder mantenerlos por lo que dependiente de tu situación laboral tendrás que aportar los siguientes documentos:

Si trabajas por cuenta propia, eres autónomo: . Acreditación de la actividad que desarrolla (modelos 130 ó 131 de autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del IRPF de los últimos cuatro trimestres). Y en su caso, última declaración del IRPF.

Si eres trabajador por cuenta ajena: Copia del contrato de trabajo y seis últimas nóminas 2. En su caso, última declaración del IRPF.

En caso de no trabajar en España y tener suficientes medios económicos para tus sostenimiento : cheques certificados, cheques de viaje o cartas de pago o tarjetas de crédito, acompañadas de una certificación bancaria de la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o certificación bancaria.

Adicionalmente  a mostrar tu capacidad económica para poder reagrupar, te van a pedir documentación acreditativa de disponer de vivienda adecuada. Para ello hay que solicitar y obtener un informe de vivienda adecuada que se expide normalmente por el Ayuntamiento del lugar donde se reside, osea donde reside la persona que reagrupa. Junto a este informe se acompañará el título de ocupación que tengas de la vivienda, esto es el contrato de compraventa o nota simple de la propiedad o el contrato de alquiler. También te van a pedir el certificado de empadronamiento conjunto para hacer constar cuántas personas residen en tu vivienda y si con el conjunto de habitaciones puedes reagrupar a tu familia.

Esto es importante porque también contarán las personas que estén empadronadas para los medios económicos de los que dispongas.

Y esto significa que si hay dos personas empadronadas en tu vivienda que disponen de sus propios medios, deberás acreditar que ellos tienen trabajo, dinero y que no viven con tus medios económicos pues si no aportas ningún documentos extra, la oficina de extranjería va a entender que con tus medios económicos viven todas las personas empadronadas en tu vivienda.

Disponer de asistencia sanitaria pública o privada. Esto se demostrará aportando tu tarjeta sanitaria pública que dispongas o, en su caso  las condiciones del seguro médico privado que tengas contratado junto al último recibo pagado.

Además de esta documentación habrá que adjuntar al expediente el pasaportes completos del reagrupante y del o de los reagrupados, osea la copia de todas la hoja de los pasaportes, claro está todos en vigor.