Actualmente, este tipo de permiso existe para los estudiantes que estén cursando estudios no superiores (como por ejemplo español) y que quieran compaginar sus estudios con trabajo.
Tenéis que saber que este permiso te permite trabajar hasta 30 horas en cualquier tipo de trabajo, esté o no relacionado con los estudios que curses en España.
Es importante que sepas que la autorización de trabajo irá ligada a tu autorización de estudios por lo que cuando finalicen tus estudios, también finalizará tu autorización para trabajar y tendrás que renovarla de igual modo que tu permiso de estudios si tu intención es continuar trabajando.
La autorización de trabajo puede ser por cuenta ajena (con un contrato laboral) o por cuenta propia siempre y cuando cumplas con los requisitos de cada una de ellas.
Como ya hemos comentado, es imprescindible conocer que la legitimada para presentar este tipo de solicitud es la empresa que te va a contratar o tu mismo si eres autónomo/a, por lo que, en el primer caso, será el representante de la empresa quien deberá ir a la oficina de extranjería a presentar la documentación o, en su caso, darnos la autorización a un profesional para que presentemos de manera telemática en su nombre.
Además, el hecho de trabajar y estar de alta en la seguridad social, te dará derecho de acceso al servicio de seguridad social por lo que tendrás cobertura pública en el servicio de salud sin necesidad de tener que contratar un seguro médico privado para proceder a tu prórroga del permiso por estudios.