Este tipo de autorización de residencia y trabajo se relaciona con la integración en el trabajo. Se trata de un requisito de la legislación española para dotar de legalidad a extranjeros en situación irregular.
Es un permiso de residencia temporal para quienes hayan trabajado como mínimo 6 meses y hayan tenido una residencia continua en España durante los últimos 2 años.
A diferencia del arraigo social que requiere que el extranjero haya permanecido en España durante un período mínimo de tres años, el arraigo laboral se puede solicitar a partir de los dos años de permanencia continuada en nuestro país. Se trata pues de una vía de obtener la residencia, para aquellos extranjeros que estén en una situación irregular.
Para obtener esta clase de autorización solo se necesitará cumplir dos requisitos; por un lado probar la residencia continuada durante 2 años a diferencia del arraigo social que son 3 años y por otro, acreditar haber trabajado durante al menos 6 meses en España.
Es decir si llevas 2 años viviendo de manera continuada en España y acreditas haber trabajado durante al menos 6 meses en España, la autorización se hará efectiva.
La manera de probar esta relación laboral ha cambiado recientemente. Antes era indispensable que el trabajador lo estuviera haciendo de manera «irregular» mientras que ahora, gracias a una Sentencia del tribunal supremo del 25 de marzo de 2021, se ha conseguido que admitan como medio de prueba de la relación laboral, los contratos suscritos de manera legal, lo que sin duda amplía los horizontes para pedir un permiso de residencia en España.