Permiso de residencia y trabajo por arraigo laboral en España

Consigue tu permiso de residencia por arraigo laboral, sin necesidad de que visites una oficina de extranjería

Gracias a una sentencia del tribunal supremo, desde el año 2021 se han ampliado las posibilidades para pedir este permiso

Se trata de un tipo de autorización de residencia y trabajo se relaciona con la integración en el trabajo. Históricamente era utilizado  para dotar de legalidad a extranjeros en situación irregular, pero ahora existen más posibilidades y también se pueden aportar como prueba, los contratos de trabajo legales.

Para obtener esta clase de autorización solo se necesitará cumplir dos requisitos; por un lado probar la residencia continuada durante 2 años y haber trabajado en España al menos 6 meses

Beneficios del servicio Permiso de residencia y trabajo por arraigo laboral en España

  • Puedes trabajar y vivir legalmente en España.
  • Se puede solicitar autorización de residencia para tus familiares tras el año tener tu tarjeta
  • Puedes viajar a tu país
  • Nadie te podrá expulsar por no tener papeles
  • Tendrás derecho a los beneficios asociados a la Seguridad Social
  • No hace falta que realices el informe de aintegración
  • Solo necesitas acreditar 2 años de residencia continuada en España
  • Dentro de algunos años podrás solicitar la nacionalidad española.

Requisitos mínimos

  • No tener antecedentes penales, ni en España ni en tu país de origen o país donde hayas residido anteriormente. En caso de tener antecedentes policiales o penales tienes que decírnoslo / o haz click aquí. 
  • Demostrar residir en España durante al menos 2 años ,anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Acreditar el haber trabajado durante al menos 6 meses. Y esto debes normalmente por 3 vías: 1) Resolución judicial FIRME o acta de conciliación en vía judicial que la reconozca o 2) Resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite o 3) Vida laboral en España.
derecho de extranjería e inmigración

Tu consulta legal sin salir de casa

Qué incluye nuestro servicio de Permiso de residencia y trabajo por arraigo laboral en España

Entendiéndonos desde el primer minuto

  • Somos abogados especialistas en extranjería. Tratamos todos los días con la oficina de extranjería por lo que prepararemos tu expediente completo para que tu solicitud tenga la mayor probabilidad de éxito.
  • Revisamos todos los documentos para que no haya fallo en ninguno de ellos.
  • No hace falta que busques cita y te líes con webs en busca de la misma. Nosotros somos abogados inscritos en el Registro oficial para presentar por ti de manera telemática en todo el territorio español sin necesidad de cita previa.
  • Nos encargaremos de gestionar todas las tasas, sacar las citas y resolver cualquier problema ante la oficina de extranjería que pueda surgir durante el procedimiento hasta que se resuelva el mismo y sin que tengas que desplazarte.
  • Toda nuestra experiencia en conseguir autorizaciones de residencia por arraigo.
  • No gestionamos los documentos en tu país de origen.
  • No incluye la reclamación previa a la empresa o empleador, pero también podemos ayudarte si estas interesado con nuestros expertos laborales.
  • No incluyen las tasas administrativas.
  • No se incluyen recursos
  • Preparamos tu solicitud de residencia por arraigo laboral.
    Presentamos el expediente de manera telemática sin necesidad de cita previa o la pedimos por ti como tu representante profesional.
  • Rellenamos los formularios que necesites presentar.
    Y redactamos los escritos complementarios necesarios para tu caso en concreto.
  • Revisamos tu acreditación y prueba de haber trabajo 6 meses en un mismo empleo
    Comprobamos que los medios de prueba que nos aportas son los idóneos para que tu solicitud sea concedida sin inconveniente.
  • Solicitud de cita previa
    Presentamos el expediente de manera telemática sin necesidad de cita previa o la pedimos por ti como tu representante profesional.
  • Te acompañamos
    Durante todo el proceso y vamos contigo a la Oficina de Extranjería en el caso de que fuera necesaria tu presencia.
  • Seguimiento y control
    Seguimos tu solicitud de autorización de residencia por arraigo hasta el final. Gestionamos las tasas administrativas por la tramitación de tu expediente
  • Contestamos por ti
    Contestamos en tu nombre a los posibles requerimientos de la Administración.
  • Te avisamos de la resolución
    Cuando nos notifican te avisamos inmediatamente y te explicamos los siguientes pasos a seguir
  • Gestiones para poner la huella
    Nos encargamos de sacar tu cita para poner la huella en la comisaría de policía de tu ciudad así como sacar y enviar tus tasas para la expedición de tu tarjeta TIE.

¿Alguna duda?
Pregúntanos

Pregúntanos GRATIS por tu caso o pide tu presupuesto cerrado sin compromiso.

Te explicamos la ley en tus palabras, sabiendo desde el principio cuánto vas a pagar y cuáles son tus opciones.

Ventajas de contratarnos como tus abogados especialistas en derecho de extranjería e inmigración:

Somos abogados colegiados

Como abogados colegiados tenemos acceso a trámites con citas prioritarias así como acceso a utilizar plataformas exclusivas para profesionales del Derecho que agilizan los procedimientos.

Precio cerrado sin sorpresas

Adaptado a los procesos, probabilidad de éxito y requerimientos de cada caso. Ofrecemos siempre alternativas y soluciones personalizadas y un precio cerrado.

Consulta sin límites, resuelve todas tus dudas

Por el precio de la primera cita tendrás todas las consultas que necesites durante un año hasta que resolvamos todas tus dudas sobre tu asunto.

Abogados especialistas en Extranjería

Abrimos más de 500 expedientes de extranjería al año. Eso nos ha permitido crear los contactos adecuados y especializarnos en resolver problemas que son desconocidos para otros despachos.

Escuchamos y analizamos tu caso

Con toda la dedicación y el respeto que te mereces, estudiaremos juntos tu caso, paso a paso, para encontrar la mejor solución para ti.

Ofrecemos distintas soluciones

Para que puedas decidir cuál se adapta mejor a tus necesidades, a tu situación y a tu personalidad. Nosotros te guiamos pero tú decides.​

Servicios especializados, clientes satisfechos

Las palabras más repetidas en Google son «valor humano» y «profesionalidad». Pue eso :)

4,9
5/5

38 Reseñas de Google

Fanny Bertha
5/5

Empleada de hogar

Sé que el trabajo que haces como abogada no es fácil y eso es precisamente lo que lo hace tan digno de reconocimiento, más que todo dando solución a muchos problemas. Muchas gracias por solucionar mi asunto Diana, si no fuera por usted no hubiera sacado mis papeles.
Leer más
Laura Gutierrez
5/5

Profesora asociada de la Universidad de Valencia y Concejal de Burjassot

Para comenzar destacar el buen trato y cercanía que demuestra Diana, ante cualquier duda es accesible y amable, lo que facilita mucho el poder contratar sus servicios. Dinámica y profesional, DIANA ES UNA ABOGADA 100% RECOMENDABLE.
Leer más
José Manuel Boronat Urbano
5/5

Ingeniero

Soy José Manuel Boronat Urbano, encabezo una empresa de Ingeniería y Construcción. Tenía problemas para el cobro de una obra de remodelación, mí abogado me recomendó que tratara de mediar, porque el juicio sería largo y caro. Me presentó a Diana y la primera impresión que note fue, que me escuchaba, después me solicitó…
Leer más
Fanny Bertha
5/5

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Laura Gutierrez
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Preguntas frecuentes sobre Extranjería e Inmigración

Porque nos gusta atender muy bien a las personas y valoramos nuestro tiempo. Queremos reservarnos un espacio y prestaros toda la atención y ayuda que necesites.

Hay que tener en cuenta que parte de nuestro trabajo es el asesoramiento, el consejo jurídico de cada situación individualizada y esto requiere un tiempo de escucha para la búsqueda de soluciones más acordes a cada situación concreta.

No, realmente no es necesario. Cualquier ciudadano extranjero puede hacer el trámite por sí mismo sin necesidad de un abogado. No obstante, dependiendo del trámite e incluso de tu idioma, es muy recomendable que durante el proceso te acompañe un profesional experto en extranjería.

¿Por qué? Porque abrimos más de 500 expedientes de extranjería al año y sabemos qué documentación te van a pedir, dónde tienes los documentos necesarios, qué documentos están correctamente legalizados o traducidos y qué documentos adicionales podemos aportar para presentar un buen expediente (aunque en su propia página web no lo ponga) para que tu trámite sea Favorable.

Es una inversión, pues con un profesional de la mano, además de tener más probabilidades de éxito con tu trámite te ahorra el tiempo y dinero que gastarás en buscar toda la información y documentos necesarios.

Yo al 100% no puedo asegurar el éxito de un expediente ya que hay cosas o situaciones que no dependen de mí y que por tanto no puedo controlar. Lo que sí te voy asegurar es que vamos a hacer todo lo posible para que tu permiso, tu visado,tu nacionalidad sea favorable porque cuando vemos las Resoluciones Favorables o las Concesiones de Nacionalidad, después de todo el tiempo de espera, se nos ilumina la cara y os llamamos rápidamente para comunicaros las buenas noticias :)

Porque vuestro éxito es también el nuestro y porque si no lo hiciéramos así no tendríamos todos los clientes que tenemos y que nos recomiendan.

Por supuesto, para cualquier clase de visado nosotros trabajamos y contactamos con las embajadas y consulados españoles por todo el mundo.

También asesoramos a las personas que quieren venir a residir a España y, aún sin la necesidad de visado, se encuentran en su país de origen o de residencia y quieren preparar desde allá los documentos que les pedirán una vez ingresen en España y empiecen a tramitar su autorización de residencia o permiso de trabajo.

Porque un profesional en la materia te va a evitar perder el tiempo y además vas a tener más probabilidades de éxito para conseguir tus objetivos. Vamos a ver tu caso en concreto y vamos a ayudarte en todo el proceso para que te sientas seguro y acompañado hasta conseguir tu permiso de trabajo o visado.

Mira, esto es algo que no se puede responder de manera general. El profesional en la materia cuando vea tu caso te lo indicará de una manera aproximada. 

El tiempo para resolver tu trámite va a depender del tipo de permiso o visado que solicites, de la oficina de extranjería o consulado/embajada donde la solicites y presentes en incluso del momento en que lo solicites o del funcionario en el que recaiga tu solicitud.

Conoce quién te va a atender,

lo típico, para eso nos hemos hecho estas fotos… 

Diana Legales Abogada extranjería e inmigración

Diana Lladró

Abogada. Inglés y español.

Tatiana

Abogada especializada en extranjería

María

Abogada especializada en extranjería
Diana Legales Abogada extranjería e inmigración

Diana Lladró

Abogada. Inglés y español.

Tatiana

Abogada especializada en extranjería

María

Abogada especializada en extranjería
derecho de extranjería e inmigración

Tu consulta legal sin salir de casa

Permiso de residencia y trabajo por arraigo laboral en España

Este tipo de autorización de residencia y trabajo se relaciona con la integración en el trabajo. Se trata de un requisito de la legislación española para dotar de legalidad a extranjeros en situación irregular.

Es un permiso de residencia temporal para quienes hayan trabajado como mínimo 6 meses y hayan tenido una residencia continua en España durante los últimos 2 años.

A diferencia del arraigo social que requiere que el  extranjero haya permanecido en España durante un período mínimo de tres años, el arraigo laboral se puede solicitar a partir de los dos años de permanencia continuada en nuestro país. Se trata pues de una vía de obtener la residencia, para aquellos extranjeros que estén en una situación irregular.

Para obtener esta clase de autorización solo se necesitará cumplir dos requisitos; por un lado probar la residencia continuada durante 2 años a diferencia del arraigo social que son 3 años y por otro, acreditar haber trabajado durante al menos 6 meses en España.

Es decir si llevas 2 años viviendo de manera continuada en España y acreditas haber trabajado durante al menos 6 meses en España, la autorización se hará efectiva.

La manera de probar esta relación laboral ha cambiado recientemente. Antes era indispensable que el trabajador lo estuviera haciendo de manera «irregular» mientras que ahora, gracias a una Sentencia del tribunal supremo del 25 de marzo de 2021, se ha conseguido que admitan como medio de prueba de la relación laboral, los contratos suscritos de manera legal, lo que sin duda amplía los horizontes para pedir un permiso de residencia en España.