Permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar

Te ayudamos a conseguir tu tarjeta de residencia si eres padre, madre, tutor o familiar que presta apoyo a un menor o a una persona con discapacidad con nacionalidad de la Unión Europea

Con este permiso podrás trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena

Es una vía directa para regularizarte si convives o cumples tus obligaciones con un menor o familiar con discapacidad que sea ciudadano de la UE.

Te concede una autorización de residencia por 5 años y te permite trabajar desde el primer día.

Precio del trámite con Diana Legales:

A partir de 350 €

Beneficios de obtener tu permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar en España

  • Permiso de 5 años de residencia, con derecho a trabajar por cuenta ajena o propia.

  • Se puede solicitar autorización de residencia para tus familiares tras el año de residencia

  • Puedes viajar a tu país

  • Nadie te podrá expulsar por no tener papeles

  • Tendrás derecho a los beneficios asociados a la Seguridad Social

  • Dentro de algunos años podrás solicitar la nacionalidad española.

Requisitos mínimos para obtener tu Permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar en España

  • Encontrarte en España y no tener la condición de solicitante de protección internacional ni durante la solicitud ni su tramitación.
  • No se exige tiempo mínimo de residencia previa en España.
  • No tener antecedentes penales ni en España ni en los países donde hayas residido en los últimos 5 años.
  • No representar una amenaza para el orden público, salud o seguridad pública.
  • No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno, ni figurar como rechazable en convenios internacionales.
  • Cumplir uno de estos dos supuestos:
    • Ser padre, madre o tutor legal de un menor con nacionalidad de un país de la UE, del EEE o de Suiza, residir en España, tenerlo a tu cargo y convivir con él, o estar cumpliendo con tus obligaciones parentales.
    • Ser familiar de una persona con discapacidad (ciudadano de la UE, EEE o Suiza) que necesite apoyo para ejercer su capacidad jurídica, convivir con ella y tenerla a tu cargo.

Qué incluye nuestro servicio de solicitud del permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar en España

Y qué no incluye

  • Somos abogados especialistas en extranjería. Tratamos todos los días con la oficina de extranjería por lo que prepararemos tu expediente completo para que tu solicitud tenga la mayor probabilidad de éxito.
  • Revisamos todos los documentos para que no haya fallo en ninguno de ellos.
  • No hace falta que busques cita y te líes con webs en busca de la misma. Nosotros somos abogados inscritos en el Registro oficial para presentar por ti de manera telemática en todo el territorio español sin necesidad de cita previa.
  • Nos encargaremos de gestionar todas las tasas, sacar las citas y resolver cualquier problema ante la oficina de extranjería que pueda surgir durante el procedimiento hasta que se resuelva el mismo y sin que tengas que desplazarte.
  • No gestionamos los documentos en tu país de origen dentro de nuestro presupuesto (pero podemos ayudarte o pasarte el contacto de quien lo hace).
  • No se incluye el coste de las tasas administrativas (pero sí te las gestionamos).
  • No se incluyen recursos administrativos o judiciales dentro del presupuesto del permiso (aunque podemos ayudarte si lo necesitas).
¿Quieres saber si puedes aplicar para este trámite?

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Permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar

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Permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar

El arraigo familiar, tal como está regulado actualmente en el Reglamento de Extranjería , es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, con una duración de cinco años, que permite trabajar por cuenta propia y ajena desde el primer momento.

Este permiso no exige un tiempo mínimo de residencia previa en España, a diferencia de otros tipos de arraigo, y no guarda relación con el antiguo concepto de “arraigo familiar” vigente antes de la reforma. Es una figura totalmente nueva, enfocada exclusivamente en la protección del vínculo entre el extranjero solicitante y un ciudadano europeo menor o con discapacidad que requiera apoyo para ejercer su capacidad jurídica.

Pueden solicitar este permiso:

  • Padres, madres o tutores legales de menores con nacionalidad de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, que residan en España, tengan a su cargo al menor y convivan con él, o estén al corriente de sus obligaciones parentales.
  • Familiares de personas con discapacidad nacionales de la UE, EEE o Suiza, siempre que presten apoyo efectivo, tengan a su cargo a la persona y convivan con ella.

Para acceder a esta autorización, la persona solicitante debe encontrarse en España y cumplir los requisitos generales entre los que se encuentran:

  • No tener antecedentes penales ni en España ni en los países donde haya residido durante los últimos cinco años.
  • No estar en situación de solicitante de protección internacional en trámite ni durante la resolución del procedimiento.
  • No figurar como rechazable en convenios internacionales suscritos por España ni encontrarse bajo compromiso de no retorno.
  • Abonar la tasa correspondiente al procedimiento.

Este permiso representa una vía de regularización ágil, sólida y con amplios derechos, pensada para proteger la unidad familiar y la situación de dependencia de menores y personas con discapacidad europeas que residen en España.

Preguntas frecuentes sobre el arraigo familiar

¿Qué es el arraigo familiar?

Es un permiso de residencia por circunstancias excepcionales que pueden solicitar personas extranjeras que tienen ciertos vínculos familiares directos con ciudadanos españoles o residentes legales en España. Es una vía para regularizar tu situación legal en base a la familia.

¿Quién puede solicitar el permiso por arraigo familiar?

Puedes solicitarlo si estás en España y eres:
– Padre o madre de un menor de nacionalidad española o comunitaria.
– Hijo o hija de padre o madre que originalmente fueron españoles.
– Cónyuge o pareja registrada de un ciudadano español.
– Persona que presta cuidados esenciales a un familiar con discapacidad o en situación de dependencia.
– Otros casos según lo establecido en el nuevo Reglamento.

¿Tengo que llevar tiempo viviendo en España para pedir este permiso?

No. A diferencia de otros permisos por arraigo, no se exige un tiempo mínimo de residencia previa en España. Lo importante es acreditar el vínculo familiar y cumplir los demás requisitos.

¿Necesito tener medios económicos para pedir este permiso?

En algunos supuestos sí se valoran los medios económicos (por ejemplo, si eres madre/padre de menor español y no convives con él). Pero dependerá del tipo de vínculo que acredites. En Diana Legales te ayudamos a valorar tu caso concreto.

¿Qué documentación necesito para acreditar el vínculo familiar?

Depende del caso, pero puede incluir:
– Certificados de nacimiento.
– Libro de familia.
– Sentencias o convenios de custodia.
– Certificado de pareja registrada o matrimonio.
– Informes médicos o sociales (en casos de dependencia).
– Te ayudamos a recopilar toda la documentación necesaria y revisamos que esté correcta y actualizada.

¿Puedo trabajar con el permiso por arraigo familiar?

– Sí. Este permiso te permite trabajar y residir legalmente en España desde el primer día, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

¿Cuánto tiempo dura este permiso?

Normalmente se concede por 5 años si el familiar es ciudadano español o comunitario, o por 1 año renovable en otros supuestos. El tiempo depende del tipo de vínculo que acredites.

¿Puedo presentar este trámite si tengo antecedentes penales?

No. Debes no tener antecedentes penales vigentes en España ni en tu país de origen. Si es tu caso, podemos ayudarte a estudiar alternativas o pasos previos necesarios.

¿Se puede presentar este trámite si estoy fuera de España?

No. El arraigo familiar se solicita desde dentro de España. Debes encontrarte en territorio español al presentar la solicitud.

¿Cuánto cuesta tramitarlo con Diana Legales?

El precio parte desde 350 €, más tasas administrativas. Nuestro servicio incluye asesoría legal, preparación del expediente, presentación telemática y acompañamiento completo durante todo el procedimiento.

¿No estás seguro si este trámite es el que necesitas en tu caso o no cumples todos los requisitos?

Es normal tener dudas. Cada caso es distinto y el mejor trámite para conseguir tus objetivos depende de tus circunstancias personales. Pero no te preocupes: puedes reservar una consulta legal con una abogada experta en extranjería, sin moverte de casa y adaptada a tu horario.

Consulta si este trámite es el más adecuado para tu caso o si existen alternativas mejores. Pide cita previa con una abogada experta en extranjería.

  • Preparamos tu solicitud de residencia por arraigo familiar.
    Rellenamos los formularios que necesites presentar y redactamos los escritos complementarios necesarios para tu caso en concreto
  • Revisamos tu documento acreditativo del vínculo
    Comprobamos que el certificado que aportamos se encuentra actualizado y debidamente legalizado.
  • Solicitud de cita previa
    Presentamos el expediente de manera telemática sin necesidad de cita previa o la pedimos por ti como tu representante profesional.
  • Te acompañamos
    Durante todo el proceso y vamos contigo a la Oficina de Extranjería en el caso de que fuera necesaria tu presencia.
  • Seguimiento y control
    Seguimos tu solicitud de autorización de residencia por arraigo hasta el final. Gestionamos las tasas administrativas por la tramitación de tu expediente
  • Contestamos por ti
    Contestamos en tu nombre a los posibles requerimientos de la Administración.
  • Te avisamos de la resolución
    Cuando nos notifican te avisamos inmediatamente y te explicamos los siguientes pasos a seguir
  • Gestiones para poner la huella
    Nos encargamos de sacar tu cita para poner la huella en la comisaría de policía de tu ciudad así como sacar y enviar tus tasas para la expedición de tu tarjeta TIE.

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Después de más de 150 reseñas en Google

Ayelen Martínez
Valorado con 5 de 5
Sin dudas la mejor inversión que hice fue poner mis papeles en sus manos, tenía mucha ansiedad y problemas por que tuve una muy mala experiencia con otros abogados, sin embargo con ellas me sentí arropada y que realmente se metieron de lleno en mi caso. Muchísimas gracias por la profesionalidad y porque me han tenido paciencia en algún momento de sentirme insegura con todo lo que conlleva este tipo de trámite. Mi resolución salió favorable y bastante rápido todo.
Leer más
Fanny Bertha
Valorado con 5 de 5

Empleada de hogar

Sé que el trabajo que haces como abogada no es fácil y eso es precisamente lo que lo hace tan digno de reconocimiento, más que todo dando solución a muchos problemas. Muchas gracias por solucionar mi asunto Diana, si no fuera por usted no hubiera sacado mis papeles.
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Laura Gutierrez
Valorado con 5 de 5

Profesora asociada de la Universidad de Valencia y Concejal de Burjassot

Para comenzar destacar el buen trato y cercanía que demuestra Diana, ante cualquier duda es accesible y amable, lo que facilita mucho el poder contratar sus servicios. Dinámica y profesional, DIANA ES UNA ABOGADA 100% RECOMENDABLE.
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José Manuel Boronat Urbano
Valorado con 5 de 5

Ingeniero

Soy José Manuel Boronat Urbano, encabezo una empresa de Ingeniería y Construcción. Tenía problemas para el cobro de una obra de remodelación, mí abogado me recomendó que tratara de mediar, porque el juicio sería largo y caro. Me presentó a Diana y la primera impresión que note fue, que me escuchaba, después me solicitó…
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Preguntas frecuentes sobre Extranjería e Inmigración

Porque nos gusta atender muy bien a las personas y valoramos nuestro tiempo. Queremos reservarnos un espacio y prestaros toda la atención y ayuda que necesites.

Hay que tener en cuenta que parte de nuestro trabajo es el asesoramiento, el consejo jurídico de cada situación individualizada y esto requiere un tiempo de escucha para la búsqueda de soluciones más acordes a cada situación concreta.

No, realmente no es necesario. Cualquier ciudadano extranjero puede hacer el trámite por sí mismo sin necesidad de un abogado. No obstante, dependiendo del trámite e incluso de tu idioma, es muy recomendable que durante el proceso te acompañe un profesional experto en extranjería.

¿Por qué? Porque abrimos más de 500 expedientes de extranjería al año y sabemos qué documentación te van a pedir, dónde tienes los documentos necesarios, qué documentos están correctamente legalizados o traducidos y qué documentos adicionales podemos aportar para presentar un buen expediente (aunque en su propia página web no lo ponga) para que tu trámite sea Favorable.

Es una inversión, pues con un profesional de la mano, además de tener más probabilidades de éxito con tu trámite te ahorra el tiempo y dinero que gastarás en buscar toda la información y documentos necesarios.

Yo al 100% no puedo asegurar el éxito de un expediente ya que hay cosas o situaciones que no dependen de mí y que por tanto no puedo controlar. Lo que sí te voy asegurar es que vamos a hacer todo lo posible para que tu permiso, tu visado,tu nacionalidad sea favorable porque cuando vemos las Resoluciones Favorables o las Concesiones de Nacionalidad, después de todo el tiempo de espera, se nos ilumina la cara y os llamamos rápidamente para comunicaros las buenas noticias :)

Porque vuestro éxito es también el nuestro y porque si no lo hiciéramos así no tendríamos todos los clientes que tenemos y que nos recomiendan.

Por supuesto, para cualquier clase de visado nosotros trabajamos y contactamos con las embajadas y consulados españoles por todo el mundo.

También asesoramos a las personas que quieren venir a residir a España y, aún sin la necesidad de visado, se encuentran en su país de origen o de residencia y quieren preparar desde allá los documentos que les pedirán una vez ingresen en España y empiecen a tramitar su autorización de residencia o permiso de trabajo.

Porque un profesional en la materia te va a evitar perder el tiempo y además vas a tener más probabilidades de éxito para conseguir tus objetivos. Vamos a ver tu caso en concreto y vamos a ayudarte en todo el proceso para que te sientas seguro y acompañado hasta conseguir tu permiso de trabajo o visado.

Mira, esto es algo que no se puede responder de manera general. El profesional en la materia cuando vea tu caso te lo indicará de una manera aproximada. 

El tiempo para resolver tu trámite va a depender del tipo de permiso o visado que solicites, de la oficina de extranjería o consulado/embajada donde la solicites y presentes en incluso del momento en que lo solicites o del funcionario en el que recaiga tu solicitud.