La nacionalidad por simple presunción, es aquella que se otorga a los hijos de padres extranjeros que hayan nacido en España y en los cuales el país de origen de sus padres no les atribuyan una nacionalidad o por que ambos progenitores carezcan de una nacionalidad. En España no se otorga la nacionalidad por el simple hecho de nacer en territorio español, si no por el origen de tus padres.
Como veis, este tipo de nacionalidad por presunción, solo se otorga en ciertos casos concretos.
¿Quién puede solicitar la nacionalidad por simple presunción?
Sólo pueden pedir este tipo de nacionalidad, los hijos de padres de algunos países, entre otros como Argentina, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe o Uruguay. Necesariamente los padres deben de ser de algunas de estos países, los dos, da igual que sean de países distintos, pero dentro de la enumeración anterior.
Requisitos
Hay que presentar una solicitud dirigida al juez encargado del registro civil, y pedir allí, la nacionalidad por simple presunción.
Documentación:
1. Certificado de empadronamiento de los padres
2. Certificado de nacionalidad de los padres
3. Certificado de nacimiento del menor
4. Certificado de no atribución de la nacionalidad de los padres al menor
5. Certificado del consulado donde se acredita la no inscripción del mismo en el país de origen de los padres
6. Tarjeta de residencia
7. Pasaporte