Una de los procedimientos más comunes hoy en día son las modificaciones de medidas en los procesos de familia. Estos pueden tener lugar por varios motivos, el que hoy comentaremos por ser el más habitual, es la reducción de la pensión de alimentos en favor de los hijos por el progenitor no custodio.
Una situación que ocurre muy a menudo es la siguiente: Una pareja que se divorció hace años, la madre se quedó con la custodia del menor o menores y se estableció una pensión económica en favor de los hijos, el padre trabajaba y tenía un buen sueldo por lo que se podía permitir ingresar una pensión para sus hijos de 200€, 250€ , 350€ o más por cada menor. Hoy en día, son muchas personas las que se encuentran cobrando del paro o incluso con la ayuda de 426 euros. En estos casos, son muchos los padres que se ven “con la soga al cuello” sin poder abonar la totalidad de la pensión que en su día se estableció.
En estos casos hay que interponer la llamada demanda de modificación de medidas en la cual expones tu pretensión de reducir la pensión para tus hijos por haber mermado tu capacidad económica, viéndote imposibilitado a abonar la totalidad de la pensión que en la sentencia se acordó.
Es importante conocer que durante este proceso debes continuar ingresando la pensión que fue establecida y que ahora intentas modificar o, si te es imposible la totalidad, sigas ingresando lo que puedas, se tiene que observar que tu tienes voluntad pero no ingresas por la imposibilidad, pues si dejas de abonar la pensión pueden interponer contra ti diversos procedimientos judiciales incluso por la vía penal.
¿Y si no estoy cobrando nada, puedo no pagar nada? El juez nunca va a acordar que tu no debes de pagar nada de pensión alimenticia en favor de tus hijos, o sea, podrás no pagar pero siempre se generará una deuda mensual que la madre de tus hijos podrá exigirte si vienes a mejor fortuna algún día.
¿Y puedo ir a la cárcel si no pago? Los tribunales antes acostumbraban a penar estas conductas, tuvieras o no capacidad económica, si no pagabas la pensión a tus hijos podías ir a prisión. En la actualidad han modificado su postura y si no pagas porque no tienes ningún tipo de ingreso el procedimiento penal se archiva pues de lo contrario sería ir a la cárcel por deudas. No obstante, si tienes algún tipo de ingreso y no pagas porque no quieres (aunque sea mínimo) sí será una conducta punible y podrás entrar a prisión por ello.
Si te ves identificado con alguna de las situaciones que he descrito y necesitas que te aconsejemos o ayudemos con tu asunto, ponte sin compromiso en contacto con nosotros a través del formulario que encontrarás en nuestra web.
2 comentarios
Buenos días, soy José Antonio, llevo divorciado desde 2015, tengo 2 hijas las cuáles están con su madre ya que ella tiene la guarda y custodia de ellas, firmamos un convenio regulador en su momemto(2015) el cuál le he estado pasando por mis hijas la cantidad de 500€, que es lo que se estipulo en su momento, hasta que me quede en paro en Agosto de 2019, los 6 primeros meses de paro le seguí pasando 500€, cobrando unos 1200 y poco de euros, a partir de 6 mes el paro me bajo a 844€, llegamos a un acuerdo verbal mí ex-mujer y yo, y le empecé a pasar 350€ ya que yo tengo mis deudas también y para poder sostener más o menos la situación, y así he venido haciéndolo hasta el mes de Agosto pasado(2021), áhora sigo en desempleo y él paro se me terminó. Mi pregunta es la siguiente. ¿Que debo hacer y si puedo hacer, una modificación del convenio que firmamos en su momento, debido a mi situación laboral? ¿Dónde tendría que ir? Mi situación a cambiado para peor, por supuesto yo estoy en búsqueda activa de empleo, y nada más encontrase un empleo, por supuesto que seguiría pasando la manutención por mis hijas, pero entiendo que arreglado a mi nuevo sueldo actual. Ruego, si son tan amables de poder orientarme sobre esto.
Muchas gracias y un saludo.