¿No te están abonando la pensión de alimentos en favor de tu hijo? ¿Incumple con el régimen de visitas de tus hijos? o ¿no te deja la madre o padre custodio ver a tu hijo? En todos estos casos hay que realizar la llamada ejecución de Sentencia.

Se trata de una demanda a la cual se aporta la última Sentencia dictada que recoge los términos de vuestro divorcio/separación o medidas respecto a los hijos comunes y que estáis obligados a cumplir, en ella se indica cuál o cuales medidas se están incumpliendo y se solicita al Juzgado que las haga cumplir.

Los juzgados a la mayor brevedad dictarán un Auto en el cual acordarán la ejecución, o sea la realización forzosa de la medida establecida en la Sentencia que se viene incumpliendo.

Estos casos suelen básicamente ser dos,

  1. El primero y más habitual es que uno de los progenitores impague la pensión de alimentos, en este caso el Juez directamente busca bienes del demandado o demandada a fin de embargar la cantidad dineraria de la pensión que se viene adeudando. En este caso, no hay posibilidad, en ese momento, de paralizar el embargo, sea o no verdad que la pensión viene siendo adeudada por el progenitor no custodio.
  2. El segundo también habitual es que el padre que no tiene la custodia no cumpla con el régimen de visitas establecido en la Sentencia (o sea que no vea a su hijo) o que el progenitor custodio no permita las visitas al padre que debe hacerlas. En este caso, el asunto se complica, pues aunque el Juzgado dicte Auto despachando ejecución y obligue a este incumplidor a realizar las visitas, no es tan fácil como requerir al banco o empresa a que embargue un dinero. Si la madre o el padre incumpliera con las visitas, lo que se llama una obligación de hacer, a éste podrá imponérsele alguna multa, pero en la vía civil y a través de este Juzgado ya no se podrá realizar ninguna acción y deberemos acudir tristemente a la policía y a la vía penal para solucionar el problema del régimen de visitas.

Como habréis leído y podréis conocer de otras experiencias personales o cercanas, los procedimientos en el juzgado se pueden alargar en el tiempo, siendo angustiosos y costosos para las partes y al final os quedareis con una solución que un juez os dio y que puede ni convencerte a ti ni a él o ella y con ello recurrir o volver a empezar…

En cualquier caso, mi consejo y el primer paso para solucionar este asunto es HABLAR con tu ex pareja, que SIEMPRE será el padre o madre de tu hijo e intentar llegar a una solución amistosa del problema que tenéis, pues la mejor solución está en vuestras manos.