¿No te están abonando la pensión de alimentos en favor de tu hijo? ¿Incumple con el régimen de visitas de tus hijos? o ¿no te deja la madre o padre custodio ver a tu hijo? En todos estos casos hay que realizar la llamada ejecución de Sentencia.
Se trata de una demanda a la cual se aporta la última Sentencia dictada que recoge los términos de vuestro divorcio/separación o medidas respecto a los hijos comunes y que estáis obligados a cumplir, en ella se indica cuál o cuales medidas se están incumpliendo y se solicita al Juzgado que las haga cumplir.
Los juzgados a la mayor brevedad dictarán un Auto en el cual acordarán la ejecución, o sea la realización forzosa de la medida establecida en la Sentencia que se viene incumpliendo.
Estos casos suelen básicamente ser dos,
- El primero y más habitual es que uno de los progenitores impague la pensión de alimentos, en este caso el Juez directamente busca bienes del demandado o demandada a fin de embargar la cantidad dineraria de la pensión que se viene adeudando. En este caso, no hay posibilidad, en ese momento, de paralizar el embargo, sea o no verdad que la pensión viene siendo adeudada por el progenitor no custodio.
- El segundo también habitual es que el padre que no tiene la custodia no cumpla con el régimen de visitas establecido en la Sentencia (o sea que no vea a su hijo) o que el progenitor custodio no permita las visitas al padre que debe hacerlas. En este caso, el asunto se complica, pues aunque el Juzgado dicte Auto despachando ejecución y obligue a este incumplidor a realizar las visitas, no es tan fácil como requerir al banco o empresa a que embargue un dinero. Si la madre o el padre incumpliera con las visitas, lo que se llama una obligación de hacer, a éste podrá imponérsele alguna multa, pero en la vía civil y a través de este Juzgado ya no se podrá realizar ninguna acción y deberemos acudir tristemente a la policía y a la vía penal para solucionar el problema del régimen de visitas.
Como habréis leído y podréis conocer de otras experiencias personales o cercanas, los procedimientos en el juzgado se pueden alargar en el tiempo, siendo angustiosos y costosos para las partes y al final os quedareis con una solución que un juez os dio y que puede ni convencerte a ti ni a él o ella y con ello recurrir o volver a empezar…
En cualquier caso, mi consejo y el primer paso para solucionar este asunto es HABLAR con tu ex pareja, que SIEMPRE será el padre o madre de tu hijo e intentar llegar a una solución amistosa del problema que tenéis, pues la mejor solución está en vuestras manos.